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sábado, marzo 31, 2007

Ley para la igualdad

Esta Ley aprobada el pasado 15 de marzo de 2007, pretende alcanzar la igualdad real entre mujeres y hombres y la eliminación de toda discriminación por razón de sexo, en particular la que afecta a las mujeres, según manifiestan los que la han apoyado, todo el arco parlamentario menos el P.P. -que no son pocos- y proyecta su influencia sobre todos los ámbitos de la vida política, laboral, civil, económica, social, cultural y artística.

No podemos desde aquí, liberales de izquierda, más que alegrarnos por ello, pero como nosotros creemos que las leyes y la política ha de hacerse para las personas y no para hombres o mujeres, cuando analizamos sus principales medidas, encontramos que las que se refieren al empleo y conciliación, a la protección de la maternidad y la creación de un permiso de paternidad intransferible, resultan sin duda ajustadas al progreso social, pues no vulneran ningún derecho y favorecen a todos, como el caso de:

* Permiso de paternidad de 15 días que podrá disfrutarse desde el nacimiento del bebé junto con el permiso de maternidad, o a continuación de éste, ampliable a un mes en el plazo de 6 años.
* Exención a las empresas de las cuotas a la Seguridad Social de las bajas por maternidad y paternidad.
* Mejora del permiso de maternidad en los supuestos de parto múltiple, nacimientos prematuros que requieran hospitalización del bebé o discapacidad.
* Disfrute de vacaciones tras el permiso de maternidad, incluso fuera del año natural.
* Derecho a disfrutar del permiso de maternidad o paternidad en situación de desempleo.
* Ampliación de la excedencia por cuidado de familiares, sin perder las prestaciones de la Seguridad Social.
* Reducción de los requisitos de cotización para accederá la protección por maternidad.


Medidas cuya entrada en vigor es inmediata y la propia ley dota con 490 millones de euros de recursos. Pero entendemos que existen otras, que aun dándoles el beneficio de la duda, de la “buena intención” de integrar el principio de igualdad y la perspectiva de género en las políticas públicas, como es el caso de las que pretenden asegurar la representación equilibrada de ambos sexos en:

* La composición de los órganos y cargos de responsabilidad de todos los poderes públicos.
* En los consejos de administración de las empresas.
* En la normativa del régimen electoral.


Vulneran derechos civiles individuales en forma inadmisible para cualquiera que haya leído la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 o la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, por no poder recurrir a nuestra Constitución, de imposible referencia ya que la quimera del “consenso” convierte en inconstitucionales, unos con otros, sus propios artículos, por ello resulta penoso y ofensivo que en su artículo 1º donde se define el objeto de la misma se diga “ ..., en desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, ...”.

¿Como se puede recurrir a una Constitución para justificar una ley de igualdad entre hombres y mujeres, cuando en ella misma para la figura de Jefe del Estado, se prima o “discrimina positivamente” a los hombres frente a las mujeres? (Art. 57 de la Constitución Española).

¿Donde se ha dejado uno de los principios básicos del acceso a la función pública como es la “IGUALDAD DE MERITO Y CAPACIDAD”? Si se prescinden de estos principios, pongamos nuevamente en vigor los derechos de “la sangre azul” o de “los cristianos viejos”.

¿Cuando un ciudadano pretenda ejercer su derecho a designar libremente a sus representantes políticos y las listas al ser necesariamente paritarias no le satisfagan, deberá de autoexcluirse del sistema democrático?

No alcanzamos a adivinar el porqué de la expropiación del derecho a administrar nuestro patrimonio, imponiendo normas que regulen como han de ser las personas que formen parte de los consejos de administración o rectores de nuestras empresas. ¿es el inicio de la estatalización de la economía?

La aplicación y desarrollo correcto del principio axiomático republicano de la “IGUALDAD” es tratar con igualdad a los que son iguales, y esta ley que pretende la igualdad entre hombres y mujeres, al tratarlos de forma desigual, niega, corrompe, hipoteca y perturba esa buena intención.

En Candamo, 31 de marzo, donde la perpetuidad en el poder crea caciques.

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